domingo, 24 de octubre de 2010

Acto legislativo Número 002 de 2009 - Política contra las drogas: Constitucionalismo aspiracional o, simplemente, ley de imposible ejecución:



El acto legislativo número 002 de 2009 “Promueve la reforma del  Artículo 49 de la Constitución Política de Colombia. La reforma constitucional prohíbe el porte y consumo de estupefacientes,  acogiendo al adicto a la posibilidad de rehabilitación médica”.
El enunciado anterior, al pretender ser Ley de la república, y estar en la Constitución Política de 1991, se puede considerar como parte del Constitucionalismo colombiano. Al constitucionalismo colombiano, Mauricio García Villegas lo ha enmarcado dentro del concepto (carácter analítico, no descriptivo), al que define como “la concepción que liga constitución con progreso” y que se da, principalmente en “sociedades que mantienen una considerable insatisfacción con el presente”. El constitucionalismo aspiracional, es por lo tanto, un tipo de organización política, en la que no se plasma la realidad, sino lo que debería ser la realidad; es un deber ser.
En primer lugar podríamos decir que todo el prólogo de la Carta Política, en la que se enuncian los derechos fundamentales de los ciudadanos, es aspiracional: aspiracional, puesto que no es realidad; aspiracional, porque con los derechos nacen los mecanismos mismos para su protección; aspiracional, porque esos mecanismos no son del todo eficaces.
En segundo lugar debemos sostener que el Acto Legislativo, y el artículo reformado, son claros ejemplos de bien un legislador no preparado, o bien de un legislador utópico; como veremos a continuación, la primera opción es la más probable.
El 21 de octubre de este año, hace menos de una semana, el Ministro del Interior y de Justicia, Germán Vargas Lleras, sostuvo, con datos del Ministerio de hacienda y crédito público, que el costo de la implantación de la política que necesitaría la reforma del artículo, es de 11, 4 billones de pesos. Este gasto, serviría para cubrir a 320,000 adictos: es decir, el costo de cada uno sería de 36 millones de pesos, e incluiría hospitalización por tres meses, alimentos y exámenes, entre otros gastos.
El presupuesto nacional aprobado para este año, fue de 147 billones de pesos, y el tratamiento para los adictos constituye, más o menos, el 0.74% del total. Vale la pena resaltar que defensa y seguridad tienen 22 billones (1,4%) y educación tiene 20 billones (1,3%).
Además de dar las cifras, el ministro Vargas dijo que toda posibilidad de financiación pública para rehabilitación queda descartada por falta de fondos.
Como vemos, esta ley aspira a algo imposible, y además de ser aspiracional, y de ser imposible ejecución, va contra las aspiraciones liberales, en las que la libertad de un ser humano, mientras no choque con la de otro, no será limitada por el Estado.
Vargas agregó que el problema de las drogas es un problema de salud pública y de urgente solución. En eso coincide con los miembros de dosisminima.blogspot.com

Artículos:
GARCÍA VILLEGAS, MAURICIO. El derecho como esperanza: constitucionalismo y cambio social en América Latina, con algunas ilustraciones a partir de Colombia.


No hay comentarios:

Publicar un comentario