El Blog fue creado para compartir los datos de una investigación que se llevará a cabo por cinco estudiantes de la Universidad de los Andes acerca de la dosis mínima de droga que se permite en Colombia.
martes, 30 de noviembre de 2010
Conclusión 1: Acto Legislativo 002 de 2009: Una medida para encerrar a los Indeseables
Ya no es un secreto que las cárceles están hechas para encerrar a los indeseables, como lo han explicado sociólogos internacionales como Loic Wacquant y dichas teorías aplicadas al caso colombiano por Manuel Iturralde y Libardo Ariza. Si este no fuera el caso colombiano, las cárceles no estarían llenas, hasta en un 90%, de delincuentes comunes que no han sido condenados y viven en un ambiente carcelario lleno de armas, drogas, violencia y violaciones constantes de sus derechos humanos.
Pero, la pregunta que nos hacemos es si,¿ Los que son llamados por el Acto Legislativo 002 del 2009 cómo enfermos, hacen parte de los indeseables que hay que encerrar?
Primero, echémosle un vistazo al perfil del farmacodependiente que quiere imponer el proyecto de ley en la sociedad. “Enfermo Dependiente o Adicto: Persona que se administra repetidamente una sustancia ilícita. Se diagnostica por un experto según criterios de la OMS y/o APA”. Una vez analizada la definición se puede ver cómo el enfermo no es sólo aquel que consume la sustancia hasta tal punto que no puede vivir sin ella, sino también aquella persona que la consume para su recreación. Es decir, según este principio sería consumidor toda persona que haya probado algún tipo de estupefaciente dos o más veces en toda su vida. Esto tiene una implicación bastante agravada en la aplicación del proyecto, ya que la lista de enfermos esta creciendo cada día más.
De lo anterior se identifica un problema muy preocupante y es que el juicio resultaría subjetivo. De lo anterior se desprende arbitrariedad a la hora de aislar a dichos individuos, esto es un primer indicio para creer que el fin del Acto Legislativo 002 es de aislar individuos “indeseables” para la sociedad según un criterio subjetivo, amparado bajo la figura del drogadicto.
Ahora bien, una vez vista la larga lista de individuos a las que pretende ayudar la ley, es importante mencionar las medidas que el acto legislativo dispone para su denominado tratamiento. El Acto Legislativo 002 del 2009 establece que el objetivo de del examen citado anteriormente es saber el tipo de tratamiento que se debe aplicar. Así el proyecto de ley propone dos tipos de tratamiento: el primero es una medida pedagógica, puramente ilustrativa para aquellos cuya adicción es de un nivel muy bajo y controlada. Y el segundo es “una medida rehabilitadora” para quienes no tendrían ese control sobre su consumo y el consumo sea largo y prolongado, en cuyo caso ya se estaría hablando de una adicción.
Por otro lado, cómo lo deja muy claro la sola definición de enfermo, el enfermo tiene que ser diagnosticado por un experto según criterios de la OMS y/o APA. Sin embargo, ¿como hace este enfermo para llegar hasta un experto de estas características, para poder ser diagnosticado? Pues bien, esto no le pasó por alto a quienes crearon la ley, por lo que propusieron una solución que a primera vista parecería bastante lógica y funciona de la siguiente manera: el adicto es encontrado primero por la policía, con quién tiene su primer contacto. En este punto se encuentra la clara comparación con el delincuente común y con el adicto.
Hay una similitud muy grande entre el adicto y el delincuente común, ya que ambos tendrían, en caso de ser atrapados, su primer contacto con el cuerpo policivo. Es claro, que la manera por medio de la cual la policía se entera de la existencia del drogadicto o de la persona bajo el efecto de una droga es porque otro ciudadano al que obviamente le molestan este tipo de personas lo haya denunciado. Por esta misma razón es que no se diferencia con el delincuente y el drogadicto. Basado en la teoría de El Pobre de Geor Simmel ambos hacen parte del tipo de gente que no es aceptado por la sociedad. Este argumento se ve reforzado por el propósito estipulado en el acto legislativo que es el de cuidar la salud del adicto y la salud pública, ahora bien ¿Qué tiene que ver la salud pública en todo esto? Existe una respuesta muy sencilla y clara. Hay quienes consideran que si se permite que las personas empiecen a consumir en lugares públicos se le pierde el tabú al consumo y aumentaría el número de adictos, que perjudicarían a la sociedad que no es adicta, ya que le perturbarían su paz en los lugares públicos.
De lo anterior se desprende como se menciono anteriormente que la sociedad ve al drogadicto como una amenaza (así como ve al pobre), sin embargo no está interesada en los problemas coyunturales que existen detrás de dicha situación cómo violencia intrafamiliar, pobreza, depresión, etc. En su lugar, para que el individuo no se convierta en un riesgo para la sociedad esta pretende erradicar los síntomas, es decir aislar al individuo de la sociedad para no tener que verlo, encerrándolo en un lugar casi tan desprestigiado como las cárceles pues se estima que solo el 10% logra una rehabilitación completa.
El Tabú, esa es la palabra indicada para definir lo que es el consumo de drogas. Es un tema que se ha dejado siempre “para más tarde”, es un tema al que se le ha dado la espalda, y cuando por fin se busca una solución adecuada para enfrentar la situación, para aceptar que si hay personas que consumen drogas lo que se quiere es que estás dejen de consumirlas y que no ayuden a que otras empiecen a consumir. Por lo que se puede llegar a la conclusión que el fin último de este proyecto de ley no es ayudar al consumidor sino aislarlo de la sociedad, marginarlo para, de esta manera “proteger a la sociedad” a través de las convenientes figuras de “farmacodependiente” y “salud pública” en lugar de atender a los problemas reales detrás del consumo de estupefacientes.
De lo anterior se desprende otra conclusión sobre su efectividad. De tener el presupuesto la medida resultará efectiva para su real propósito: aislar a individuos “indeseables”. Sin embargo es probable que resulte un fiasco político pues el discurso oficial promete una sociedad más segura y libre de drogas, esto fallaría pues como se expuso anteriormente la manera de lograr una sociedad libre de drogas es atacar los problemas reales detás de ellas, no esconder los síntomas.
martes, 9 de noviembre de 2010
Foro sobre cárceles: un reto para la sociedad civil:
El martes 9 de noviembre se realizó un foro sobre situación carcelaria en Latinoamérica. Éste fue organizado por algunos profesores de la facultad de derecho de la Universidad de los Andes, y contó con la participación, entre otros, de Libardo Ariza, Manuel Iturralde (profesores), Rodrigo Escobar Gil (ex magistrado de la Corte Constitucional y actual relator de la OEA para los derechos de las personas privadas de su libertad), y Liza Zúñiga (investigadora chilena). En las intervenciones de los panelistas hubo unanimidad en varios aspectos. En primer lugar se debe reconocer que en la mayoría de los estados latinoamericanos se presentan violaciones sistemáticas a los derechos fundamentales de los presos (con hacinamiento y problemas de salubridad) y de los trabajadores de las cárceles; en segundo lugar es necesario implantar políticas mixtas que integren a las familias de los presos, a los guardias y las instituciones del Estado; en tercer lugar, es imprescindible la participación activa de la sociedad civil, que en la mayoría de los estados latinos está cayada y deja que sucedan los atropellos que se hacen a diarios a los derechos y las libertades mínimas de los reclusos. Es impensable lograr políticas positivas de control, capacitación, distribución de recursos, protección de derechos, salud, seguridad, entre otros, si no hay permanente apoyo de la sociedad civil. Este apoyo, encarnado en acciones públicas de Habeas Corpus masivos, de control de corrupción, de vigilancia de protección de derechos, es necesario para que en Latinoamérica se logre establecer un sistema carcelario que cumpla su cometido.
Es clave, para esto, decir que debería ser impensable un Estado que al castigar, le viole más derechos al condenado que los que éste le violó a algún ciudadano; y es que no puede concebirse, siquiera, que un Estado castigue y que ese castigo redunde en verdadero sufrimiento y en rebajamiento del preso a condiciones infrahumanas de enfermedad, abandono y violencia.
Para implantar un nuevo modelo, y para replantear lo que ya se ha hecho, es necesario que haya un análisis claro de los problemas únicos que presentan nuestras sociedades (pobreza, desempleo, violencia, desplazamiento, multiculturalismo discriminado), y con base en estos, plantear un nuevo modelo: un modelo no copiado de otros sistemas estatales, un modelo latinoamericano, que ataque los problemas latinoamericanos. Entre los problemas más complicados que deberá enfrentar este pensado sistema carcelarios, está el narcotráfico. Es indispensable plantear salidas para atacar, si es necesario, el porte y tráfico de drogas; sin embargo, se debe primero saber y conocer el fondo del problema, la desigualdad social, y la lucha por oportunidades. Por lo anterior incluimos esta reseña del foro, que si bien no habló del narcotráfico, lo reconoció como una situación especial del continente.
martes, 26 de octubre de 2010
Segunda faceta del análisis del Acto Legislativo 002 de 2009: Tejiendo conclusiones
En la primera faceta investigamos el contexto: el texto de la ley, las implicaciones y motivaciones sicológicas, la efectividad de la lucha contra las drogas, las probabilidades de rehabilitación así como el marco jurisprudencial sobre el tema de las drogas. Esta sección nos permitió entender cuestiones técnicas quién es considerado un farmacodependiente, cuánto cuesta su rehabilitación y cuanto demora; asimismo averiguamos como sería la potencial ejecución y los problemas sociales a los que pretende responder. También averiguamos sobre los aspectos teóricos alrededor de este Acto Legislativo como lo son el texto de la ley con sus potenciales implicaciones así como el marco legal que rodea este tema.
Habiendo comprendido el contexto continuamos a hacer una análisis basado en las teorías vistas en clase para tratar de llevar esta investigación un paso más allá y, a la luz de estas teorías encontrar los intereses involucrados, el funcionamiento del campo jurídico y poder responder la pregunta: ¿A qué responde el Acto Legislativo 002 del 2009 y que pretende cambiar?
Primero que todo, vemos problemas en la definición de quién recibirá la ayuda del gobierno. La ley 30 de 1986 establece como adicto aquella persona que necesita repetidamente consumir una droga sin importarle las consecuencias que esto le traiga. Esta ley menciona tres conceptos que son importante tener en cuenta para llegar al concepto de adicción: Repetición, necesidad y consecuencias. Podemos decir entonces que el hecho de que una persona consuma cualquier cosa, podemos decir que esta precedido por una necesidad así sea leve de hacerlo, esto sin tener en cuenta que sea de droga que estamos hablando. Entonces teniendo en cuenta que consumir esta precedido por la necesidad de hacerlo, dentro de la adicción podemos incluir a aquella persona que dos veces en su vida sintió la necesidad de consumir algún tipo de droga y se convirtió en adicto según la ley Colombiana. Tenemos también como condición de adicción el hecho de que el consumidor no tenga en cuenta las consecuencias que la droga trae, es de conocimiento de todo el mundo que el consumir droga siempre trae algún tipo de consecuencia, ya sea neurológica, social, familiar, etc. Entonces los consumidores siempre tienen eso en cuenta por ende entrarían dentro del concepto de drogadictos.
Entonces ¿debería la ley Colombiana restablecer el concepto de adicto y drogadicto? ¿está lo suficientemente claro quién es adicto según la ley?, se deben tener estos aspectos en cuenta para así en caso tal de una reforma donde el estado deba cubrir los gastos de la rehabilitación, sea eficiente, eficaz y no sea simplemente como muchas veces pasa, una ley mas, o un dolor de cabeza más para el estado colombiano.
Por otra parte debemos estar claros frente a los motivos que tiene el Acto Legislativo, de esta manera podemos entender los principios que lo van a guiar y el problema social al que se pretende responder. Pese a lo anterior, a hacer un análisis más profundo el grupo de trabajo encontró resultados interesantes y muchas veces contradictorios; de esta manera identificamos cuatro motivos diferentes: el escrito en la ley que asegura buscar la rehabilitación del adicto, la sicológica que asegura que la ley responde a crecientes niveles de consumo, la del análisis desde la perspectiva de Foucault y la del análisis desde la perspectiva de Simmel, donde los tres primeros chocan con el segundo. Los tres primeros motivos resultan de hecho bastante razonables e incluso se complementan uno al otro pues sería natural que “si el nivel de adictos está en aumento es necesario que el Estado tomé acción a favor de ellos, esto implicaría no dar castigo penal sino ayuda integral”, esas tres propuestas que hemos mezclando en una sola presentan un Estado preocupado por la salud pública y con un actitud altruista estando dispuesto a atacar el problema de la adicción. El proceso descrito en la ley permitiría inferir lo anterior pues esta relata un proceso de apoyo estatal para “recuperar” el adicto de la adicción y reinsertarlo a la sociedad; todo lo anterior financiado por el Estado gracias a los impuestos de los ciudadanos. Asimismo al analizar el Acto Legislativo a la luz de “La vida de los hombre infames” de Michel Foucault veríamos como se aplica el concepto de “responsabilidad sin culpa” pues la responsabilidad recae sobre la causa que lleva a cometer el acto que infringe la ley (adicción en este caso), y no en la infracción como tal lo cual permitiría que la sanción impuesta tenga un carácter protector y regenerador, más que un carácter castigador.
Sin embargo, un análisis más profundo nos llevaría a pensar que el Estado no está tomando medidas en contra de la adicción, sin en contra del adicto. En su texto “El Pobre” Georg Simmel argumenta que la ayuda que se le da al pobre por parte del Estado está desinada a mantenerlo bajo control, en lugar de realmente ayudarlo, a partir de esa lectura podemos hacer una analogía con los drogadictos en Colombia. El argumento se basa en que, en el momento que el Estado considere la adicción como parte de la salud pública, este fenómeno pasará de la esfera privada a la pública convirtiéndose efectivamente en un tema público, en el cual por su nueva naturaleza pública habría intereses involucrados de la sociedad; haciendo un breve análisis de una encuesta del Centro Nacional de Consultoría (Publicado en CM&: http://www.cmi.com.co/?nt=53266) no es posible inferir que el 75% de la sociedad colombiana no acepta el problema de la drogadicción, por su oposición al consumo de droga, por tanto no se busca una solución, en su lugar se buscaría deshacerse del problema. Lo anterior es apoyado por la teoría de Waqcant quien argumenta que le método carcelario ya no es un método de rehabilitación, asimismo las cifras revelan que la reincidencia en las drogas ronda el 70% de los farmacodependientes, por tanto resultaría imposible hablar de una recuperación integral y resultaría contradictorio alegar estar ayudando a los adictos a sabiendas que muy pocos realmente lograran recuperarse. Por último se infiere que si el primer ente estatal con el que tendrá contacto el adicto es la policía, surge la pregunta de si realmente la mejor opción para lograr su recuperación, que es considerado, enfermo se logra por medio de un reclutamiento casi forzado; y por otro lado, si su primer contacto es con la policía, se puede deducir que tuvo que haber hecho algo que haya molestado a otro para que la policía note su existencia y pueda proceder a la rehabilitación. Por tanto se plantea una alternativa respecto a los motivos que animan este Acto Legislativo, a la luz de Simmel y Wacquant, pues parecería que la real intención de la ley, como se expresó anteriormente es la de deshacerse de los farmacodependientes, quienes afectan la sociedad, por tanto sería necesario alejarlos de la misma.
De la misma manera, al hacer un análisis frente al dinero que se planea invertir encontramos cifras astronómicas y poco justificables. Según el estudio realizado por este equipo de trabajo se planea invertir la mitad del presupuesto de guerra en este proyecto, invirtiendo 36 millones de pesos por cada farmacodependiente; esta cifra resulta particularmente contradictoria cuando las EPS reconocen 14 millones de pesos por tratamiento y sicólogos consultados aseguran que el proceso cuesta 8 millones de pesos por persona. Lo anterior resulta preocupante, no solo porque puede abrir la puerta a la corrupción sino porque es claro como ya lo declaró el Ministro de Interior que no hay dinero para invertir en este proyecto. Una vez más, se enfatiza que un legislador con reales intenciones de lograr un cambio social debería tener en cuenta las limitaciones del Estado y hacer cuentas más prudentes. Lo anterior nos lleva a pensar que no existe una seriedad por parte del legislador, pues la cuentas claramente no “cuadran” y así mismo desconoce las realidades del Estado colombiano.
Por otra parte, haciendo un análisis de los principios que rigen nuestro sistema judicial sacamos las siguientes consecuencias: Colombia es un Estado Social de Derecho, pero la Constitución incluye numerosos principios heredados del antiguo Estado Liberal que se caracteriza por la mínima interferencia del Estado en temas de la esfera privada, para asegurar el libre desarrollo de la personalidad. La anterior concepción ha sido defendida por la Corte Constitucional en su línea jurisprudencia, observada desde la sentencia C-221/94, entre otras, por lo tanto al declarar el problema de consumo de drogas como uno de salud pública, pasándolo de lo privado a lo público se iría en contra de la línea jurisprudencial de la Corte y los principios básico que rigen nuestro Estado, por tanto sería probable que no prospere esta ley y sea declarada inexequible. No se argumenta aquí que hay un error en ir en contra de la línea jurisprudencial de la Corte Constitucional, sin embargo se hace una evaluación negativa de sus probabilidades para ser declarada exequible.
Podemos concluir que el Acto Legislativo 002 de 2009 se enfrenta a varios problemas. Por una parte, sus motivos están en tela de juicio pues, si bien hay unos motivos declarados la evidencia sobre abuso de estupefacientes le daría la razón a las teorías de Simmel y Wacquant. De la misma manera su real intención se pone en duda pues parte por ignorar la realidad del Estado colombiano en cuanto al dinero disponible y asimismo por cálculos errados, finalmente este proyecto va en contra de los principios liberales del estado así como la línea jurisprudencial de la Corte Constitucional lo cual pone en peligro sus probabilidades para ser declarada exequible.
Haría falta un estudio del campo jurídico según Bordieu para terminar de entender los motivos de este Acto Legislativo, el cual será analizado la próxima semana. Asimismo parece ser tiempo de plantear alternativas y sugerencias.
IMPACTO QUE GENERARÍA EL REFERDO DE CALIFORNIA SOBRE LA LEGALIZACIÓN DE LAS DROGAS EN LAS POLÍTICAS CONTRA LAS DROGAS EN COLOMBIA
Hasta hace poco salio una noticia que ha impactado al mundo entero. El referendo que piensa hacer California para, no solo legalizar el consumo de Marihuana en ese estado sino también su cultivo. Esta noticia no fue solo impactante para el estado colombiano sino para todos los estados centroamericanos.
Es tan importante este tema, que el mismo presidente Santos dio su manifestación sobre el tema, proponiendo que se debata la problemática en la cumbre de Tuxtla, que se llevará a cabo en el día de hoy en Cartagena, a la que asistirán representantes de México, Guatemala, Honduras y Costa Rica. Así lo establece el periódico El Tiempo en su edición de hoy.
El presidente de la República, Juan Manuel Santos, también manifestó su opinión sobre el tema en Caracol Radio, el 23 de Octubre del 2010, diciendo que si en el caso de California se aprueba el referendo habría que darle otro rumbo al tema de las drogas. “Es una tema de gran importancia y ha llegado la hora para que a nivel global lo replanteemos”, dijo. Sin embargo, teniendo en cuanta que al ser un tema de carácter mundial, no se puede solucionar a manera individual sino únicamente global. “Lo dije en las Naciones Unidas, porque no lo he inventado yo, que me digan si hay una forma de explicarle a un campesino colombiano que si produce marihuana lo vamos a meter en la cárcel y ese mismo producto es legal allá. Eso va a producir una discusión global sobre el enfoque que hemos tenido en materia de la lucha contra el narcotráfico”, sostuvo el Presidente.
En la misma entrevista le abrió paso a un estudio para conseguir nuevas alternativas a favor de encontrarle una solución al combate contra las drogas y el narcotráfico, entre estas alternativas planteadas nombro la legalización de las drogas. En palabras del presidente: “Yo creo si vamos a optar por un camino como ese tenemos que hacerlo de manera conjunta, no individual que sería un absurdo, pero estudiemos todas las opciones y ver qué es lo más racional, lo más práctico y qué es sobre todo lo más efectivo, porque lo que estamos viendo es que lo que tenemos hoy no está produciendo los resultados que buscamos”.
Ahora bien, hay que mirar mas a fondo las soluciones implementadas por otros países, para poder analizarlas como posibles propuestas para solucionar el conflicto que gira alrededor de las drogas en nuestro país.
Podemos tomar el caso de España con su Plan Nacional sobre Drogas, el cual es dirigido por la delegada del Gobierno, Carmen Moya. La propuesta de la delegada es la descriminalización del consumo y, una vez logrado este se puede pasar a las políticas de prevención y de salud pública. "Al no perseguir al usuario se pueden hacer políticas de prevención y de salud pública entendidas de una manera integral", dijo para el periódico EL PAIS, la edición del 15 de septiembre de 2010. El Plan Nacional sobre Drogas empezó a regir desde los años 80, ya que para ese entonces, la epidemia del sida tuvo un alza impresionante en el País de España, y se descubrió que fue por causa de la inyección de drogas con jeringas infectadas.
Se comenzó con el proyecto, para controlar los problemas sanitarios que este fenómeno representaba. El principal objetivo era acabar con las epidemias del sida causadas por las drogas inyectadas con jeringas contaminadas. Por lo que se empezó una campaña de limpieza en diferentes ciudades del país, recolectando todos los elementos contaminados con los que los drogodependientes se pudieran contagiar. El siguiente paso a seguir, fue darles atención médica y jeringas esterilizadas para que pudieran inyectarse de una manera sanitariamente segura. De esta manera se logró una campaña para la salud social, e indirectamente se logró un control sobre el consumo, ya que para consumir las personas prefirieron asistir a estos establecimientos.
Se comenzó con el proyecto, para controlar los problemas sanitarios que este fenómeno representaba. El principal objetivo era acabar con las epidemias del sida causadas por las drogas inyectadas con jeringas contaminadas. Por lo que se empezó una campaña de limpieza en diferentes ciudades del país, recolectando todos los elementos contaminados con los que los drogodependientes se pudieran contagiar. El siguiente paso a seguir, fue darles atención médica y jeringas esterilizadas para que pudieran inyectarse de una manera sanitariamente segura. De esta manera se logró una campaña para la salud social, e indirectamente se logró un control sobre el consumo, ya que para consumir las personas prefirieron asistir a estos establecimientos.
Para poder comparar lo logrado en España con los avances en nuestro país, podemos decir que a pesar de todo, con el acto legislativo 002 del 2009 estamos cada vez más cerca de lograr algo parecido. Ya que con esta ley se lograría la despenalización del consumo y logrando esto, se podrían empezar campañas, no solo para ayudarle a los adictos con la rehabilitación, sino para aceptar el consumo de estupefacientes como una realidad y buscar que el consumo de estas sustancias se haga de una manera sanitariamente correcta, para convencer a los drogadictos de evitar consumirlas en lugares en los que su vida pueda correr riesgos. Y de esta forma crear puestos de salud, confiables para estas personas, que se encarguen específicamente del “SANO” consumo de los estupefacientes y que de esta manera se pueda lograr cierto control frente a las personas que consumen estas sustancias, pero que no quieren ser rehabilitadas.
Artículos:
1. Santos: Si se aprueba referendo en California, hay que replantear estrategia global antidrogas. En: http://www.caracol.com.co/nota.aspx?id=1375550
2. Legalizar las drogas: feliz idea imposible. Publicado en en el diario EL PAIS en la edición del 5 de Septiembre de 2010; escrito por Emilio De Benito.
3. Foro de la Nueva Sociedad con Carmen Moya
4. Lucha Antidrogas se toma la Cumbre en Cartagena. Publicado en el diario EL TIEMPO el martes 26 de octubre de 2010
VIENDO EL ACTO LEGISLATIVO 002 del 2009, DESDE LA LECTURA “EL POBRE” POR GEORG SIMMEL
En el escrito “El Pobre” de Georg Simmel se puede ver como el autor busca mostrar como el estado, cumpliendo su función de protector de la sociedad deja al pobre de último en una línea de importancia y que a pesar de esto lo tiene convencido de que el fin último de éste órgano es buscar por medio de impuestos a los ricos y otros medios es ayudarle para que salga de este estado de pobre.
En la lectura, el autor hace énfasis en que el pobre es el último en una lista de importancia, mencionando que el estado no le da realmente los derechos al pobre de exigir que se le ayude, sino le protege los bienes al rico (que paga los impuestos) de que el pobre se los robe. “…, no sería el pobre el que tendría acción contra el Estado, sino los demás elementos indirectamente dañados por el descuido por el descuido del estado. En el caso, por ejemplo, de que se pudiera probar que el que un ladrón no habría realizado tal o cual robo si se le hubiese dado el socorro legal por él solicitado, sería en principio el robado el que podría reclamar una indemnización de la administración”.
Luego el autor busca hacer reflexionar al lector sobre la realidad social en la que vive quien es pobre. El autor menciona que para la sociedad es mal visto ser pobre, y que por lo tanto el Estado en algunos casos, como lo es el ejemplo de Prusia, le ha delegado la obligación de prestarle ayuda al pobre, a su propia familia. Sin embargo, esto solo se logra en una sociedad en la cual los mismos familiares buscan ocultar el estado de pobre del miembro de la familia.
Ahora bien, hay una gran similitud frente al pobre del texto con lo que viven los drogadictos de nuestra sociedad actual.
Para empezar, retomemos lo propuesto en el proyecto de ley 002/09. El fin último del proyecto es garantizar la protección de la salud de las personas que consuman sustancias psicotrópicas; y la protección de la salud pública, ya que se considera que muchas personas consumen en lugares públicos. Se habla también de las sanciones no privativas de la libertad que se le darán al consumidor, cuando se crea que no se están respetando los derechos individuales o colectivos. Habiendo nombrado la primera parte de la ley, se puede identificar claramente como el Estado, por medio de una ley deja a los drogadictos, al igual que al pobre, en una lista de importancia, casi en el último lugar. A pesar de mencionar la garantía de la salud del consumidor, menciona que a este se le sancionará si se considera que está afectando a otros. Y, si lo vemos desde ese punto de vista, lo que a al fin y al cabo le acuerda al Estado la existencia de estos adictos son las quejas de la sociedad que no quiere aceptar la drogadicción, ni buscarle una solución, sino simplemente acabar con ella, al igual que lo hace con el pobre.
En una segunda parte de la ley se menciona el procedimiento que llevará a cabo el Estado para proteger la salud del adicto. Empezando por el hecho que el primer ente estatal con el que tendrá contacto el adicto es la policía, surge la pregunta de si realmente la mejor opción para lograr la recuperación de el, que es considerado, enfermo se logra por medio de un reclutamiento casi forzado; y por otro lado, si su primer contacto es con la policía, se puede deducir que tubo que haber hecho algo que haya molestado a otro para que la policía note su existencia y pueda proceder a la rehabilitación. ¿Se busca la protección del adicto? o ¿la protección de la sociedad frente al “peligroso” adicto? Estas son dos preguntas que surgen al haber leído el texto de Simmel, ya que frente al trato que se le da al adicto y el que se la da al pobre, la única diferencia sería el nombre.
Hay que tener en cuenta, que frente a la sociedad, el adicto al igual que el pobre, puede recurrir a la limosna o al robo si no consigue medios para satisfacer su adicción. Tal vez, es por esto que el Estado busca primero que se controle la situación con la ayuda de la policía. Pero, si la idea de la ley es ayudarle al adicto, no se trata entonces que, una vez cometido el robo, o pedida la limosna, el adicto sea llevado, sino se trata de aceptar el hecho, que hay personas que son adictas y de controlar el consumo en vez de castigar al adicto por su posición de enfermo.
Para finalizar, la ley también menciona la recuperación de todos los adictos en el país. Pero, hay que tener en cuenta que la recuperación de, lo que se sospecha son, 300.000 drogadictos, es una suma de dinero tan grande, que probablemente no podrá ser abastecida por el estado colombiano en este momento. Razón por la cual, el estado tendrá que buscar una solución, que puede ser por medio de impuestos, o, como se hizo en el caso del pobre en Prusia, por medio de una presión social que deje al drogadicto como la oveja negra de la familia, y que esto cree una obligación de la familia por rehabilitar a su oveja negra.
En conclusión, el estado a pesar de nombrar la salud del drogadicto como fin último de la ley, lo que realmente esta protegiendo es a la sociedad del “peligroso” drogadicto, al igual que lo hace con el pobre.
domingo, 24 de octubre de 2010
Acto legislativo Número 002 de 2009 - Política contra las drogas: Constitucionalismo aspiracional o, simplemente, ley de imposible ejecución:
El acto legislativo número 002 de 2009 “Promueve la reforma del Artículo 49 de la Constitución Política de Colombia. La reforma constitucional prohíbe el porte y consumo de estupefacientes, acogiendo al adicto a la posibilidad de rehabilitación médica”.
El enunciado anterior, al pretender ser Ley de la república, y estar en la Constitución Política de 1991, se puede considerar como parte del Constitucionalismo colombiano. Al constitucionalismo colombiano, Mauricio García Villegas lo ha enmarcado dentro del concepto (carácter analítico, no descriptivo), al que define como “la concepción que liga constitución con progreso” y que se da, principalmente en “sociedades que mantienen una considerable insatisfacción con el presente”. El constitucionalismo aspiracional, es por lo tanto, un tipo de organización política, en la que no se plasma la realidad, sino lo que debería ser la realidad; es un deber ser.
En primer lugar podríamos decir que todo el prólogo de la Carta Política, en la que se enuncian los derechos fundamentales de los ciudadanos, es aspiracional: aspiracional, puesto que no es realidad; aspiracional, porque con los derechos nacen los mecanismos mismos para su protección; aspiracional, porque esos mecanismos no son del todo eficaces.
En segundo lugar debemos sostener que el Acto Legislativo, y el artículo reformado, son claros ejemplos de bien un legislador no preparado, o bien de un legislador utópico; como veremos a continuación, la primera opción es la más probable.
El 21 de octubre de este año, hace menos de una semana, el Ministro del Interior y de Justicia, Germán Vargas Lleras, sostuvo, con datos del Ministerio de hacienda y crédito público, que el costo de la implantación de la política que necesitaría la reforma del artículo, es de 11, 4 billones de pesos. Este gasto, serviría para cubrir a 320,000 adictos: es decir, el costo de cada uno sería de 36 millones de pesos, e incluiría hospitalización por tres meses, alimentos y exámenes, entre otros gastos.
El presupuesto nacional aprobado para este año, fue de 147 billones de pesos, y el tratamiento para los adictos constituye, más o menos, el 0.74% del total. Vale la pena resaltar que defensa y seguridad tienen 22 billones (1,4%) y educación tiene 20 billones (1,3%).
Además de dar las cifras, el ministro Vargas dijo que toda posibilidad de financiación pública para rehabilitación queda descartada por falta de fondos.
Como vemos, esta ley aspira a algo imposible, y además de ser aspiracional, y de ser imposible ejecución, va contra las aspiraciones liberales, en las que la libertad de un ser humano, mientras no choque con la de otro, no será limitada por el Estado.
Vargas agregó que el problema de las drogas es un problema de salud pública y de urgente solución. En eso coincide con los miembros de dosisminima.blogspot.com
Artículos:
GARCÍA VILLEGAS, MAURICIO. El derecho como esperanza: constitucionalismo y cambio social en América Latina, con algunas ilustraciones a partir de Colombia.
martes, 19 de octubre de 2010
Reflexiones sobre Fuentes:
En su columna del 3 de septiembre de 2010 en el diario El País, el intelectual mejicano Carlos Fuentes, hace un llamado enfático frente al problema de las drogas y del narcotráfico y de la impotencia aparente que tienen los Estados frente a este.
Empieza por hacer un reconocimiento con nombres propios a los miembros más distinguidos de la Comisión Global Sobre Políticas de Droga: César Gaviria, Fernando Henrique Cardoso, Ernesto Zedillo, Amartya Sen y Javier Solana, entre otros.
Carlos Fuentes, apoyando el trabajo de esta comisión de ilustres, condena las políticas anti drogas que se han llevado a cabo en los últimos tiempos en el continente latinoamericano. Las condenan estos hombres tan pensantes por un motivo principal: las estadísticas muestran que, a pesar del aumento de fuerzas armadas y de recursos, tanto humanos como económicos, el tráfico de drogas va en aumento, y las víctimas fatales, tanto del consumo como de la violencia generada por el narcotráfico, han, también, aumentado.
Es muy importante decir que a pesar de que se condena el fracaso de algunas políticas no se propone la eliminación total de estas; se proponen vías alternas. Se propone no atacar la oferta sino el consumo de drogas, y no penalizar a los adictos, sino atacar los epicentros de narcotráfico. Se propone, pues, políticas generales de prevención, y sobre todo, una educación más fuerte, que brinde más y mejores oportunidades laborales a los jóvenes; sin estas oportunidades, se elegirá la única opción que queda para llevar el pan a la mesa: el tráfico de drogas –micro tráfico, además, pues se sabe que los grandes capos son los responsables directos del problema del narcotráfico.
Otro punto muy importante es la condena que hacen a las políticas carcelarias de Estados Unidos. Puesto que se está, en un error común, encarcelando a consumidores y a los pequeños traficantes; además, se entiende, que no se puede replicar esta política carcelaria al sur de la frontera, pues nuestras cárceles están repletas y son, más que cárceles, escuelas de crimen.
Adjuntamos el artículo: http://www.elpais.com/articulo/opinion/Drogas/nueva/propuesta/elpepiopi/20100903elpepiopi_5/Tes
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